En el régimen especial, el IVA se declara según los cobros y pagos, con los límites temporales legales, y se informa además de las operaciones como si siguieran el devengo general. La factura sigue siendo necesaria, pero ya no basta para fijar el momento de liquidación. El libro debe capturar fechas, importes y medios de cobro o pago.
En este régimen, la factura abre el control y el cobro lo mueve
En el criterio de caja, el modelo 303 incluye el IVA devengado conforme a los cobros y el IVA deducible conforme a los pagos. La AEAT detalla las obligaciones formales.
El documento acredita la operación, mientras que el historial de movimientos determina qué parte entra en cada liquidación. Por eso el libro necesita fechas, importes y medios de cobro o pago.
La AEAT exige anotar en los libros las fechas, importes y medios de cobro y pago de las operaciones afectadas. Estas menciones figuran en la guía de libros registro.
Registra la fecha real, importe y medio de cada cobro y pago. Relaciona el movimiento con la factura; una suma mensual sin desglose no permite repartir correctamente operaciones parciales.
Cada cobro o pago parcial debe vincularse con su factura para trasladar al periodo la proporción de base y cuota correspondiente. La información oficial del régimen permite contrastar el registro exigido.
Si el cliente paga una parte, calcula la proporción correspondiente de base y cuota. Mantén el saldo pendiente por factura para no anticipar ni repetir IVA en el siguiente periodo.
Antes de cerrar el 303 hay que separar operaciones acogidas, operaciones excluidas y operaciones recibidas de proveedores acogidos. La Ley del IVA delimita el régimen.
El destinatario también debe atender al pago para la deducción en los términos del régimen. Identifica la mención obligatoria en la factura y controla sus pagos aunque tú no estés acogido.
El aplazamiento del devengo y de la deducción tiene un límite temporal fijado por la ley y no puede mantenerse indefinidamente por falta de cobro o pago. La norma fija ese límite.
Además de los importes liquidados por caja, el formulario solicita información de operaciones conforme al criterio general. Concilia ambos planos; no son dos ventas distintas.
El movimiento bancario se vuelve dato fiscal
Enlaza cada movimiento bancario con una factura concreta.
Cobros parciales
Distribuye los cobros parciales sin tratar la factura como cobrada por completo.
Facturas recibidas de proveedores acogidos
Identifica también las facturas recibidas de proveedores acogidos al régimen.
Información adicional del 303
Concilia la información adicional con los libros de cobros y pagos.
Cierre y límite temporal
Prepara un listado de saldos abiertos por factura y revisa el límite legal al final del año correspondiente. El hecho de no cobrar o no pagar no aplaza el impuesto para siempre.
Controla el devengo forzoso aunque la deuda siga pendiente.
El periodo se decide movimiento a movimiento
Trabaja con una ficha por factura, no con un total mensual. La ficha comienza con base, cuota, fecha de operación y saldo pendiente. Cada cobro o pago añade fecha, importe, medio utilizado y referencia bancaria. Así puede verse qué parte produce efectos en el trimestre y qué parte continúa abierta.
Cuando el movimiento es parcial, calcula la proporción sobre el precio total y aplica esa proporción a base y cuota. Conserva el cálculo con suficientes decimales y evita cerrar la factura por el primer ingreso. Si un cliente reúne varias facturas en una transferencia, documenta el reparto; si no existe una imputación fiable, la suma bancaria no permite decidir qué cuota corresponde a cada operación.
Las devoluciones y los cobros revertidos necesitan su propia línea. No borres el movimiento original: registra la fecha de la devolución, la factura afectada y el efecto que corresponda revisar. Lo mismo ocurre con compensaciones, pagos por terceros o medios distintos de una transferencia. El libro debe explicar el hecho económico, no limitarse a importar el extracto del banco.
En las compras, identifica desde la entrada si el proveedor está acogido al régimen. El destinatario de una factura acogida difiere la deducción hasta el pago, aunque él no haya optado por el criterio de caja. Separa esas facturas de las compras ordinarias y conserva la mención del documento, el pago y el saldo. Si las mezclas en un único vencimiento de proveedores, puedes anticipar o retrasar deducciones sin dejar rastro.
Después revisa las operaciones excluidas. Exportaciones, entregas intracomunitarias exentas, adquisiciones intracomunitarias, importaciones, autoconsumos e inversión del sujeto pasivo siguen reglas propias. Una empresa acogida al régimen no convierte automáticamente todas sus operaciones en operaciones de caja. El libro debe indicar por qué cada factura está dentro o fuera.
El cierre anual añade una segunda fecha: el 31 de diciembre del año inmediato posterior al de la operación. Una factura pendiente puede alcanzar entonces el límite legal. El control de saldos debe ordenar las operaciones por esa fecha y separar las que vencerán en el siguiente periodo. Esperar a que aparezca un cobro en el banco dejaría fuera el devengo forzoso.
En el 303 conviven cuotas liquidadas por cobros o pagos e información adicional calculada con el criterio general. No son operaciones duplicadas. Prepara subtotales separados y enlaza ambos con las mismas facturas. Si PRE303 ofrece importes, verifica que reflejan movimientos parciales, operaciones excluidas y límites temporales; una cifra propuesta puede cuadrar con el libro y seguir asignada al bloque equivocado.
Antes de enviar, congela el listado de facturas abiertas y los movimientos incluidos. Comprueba NIF, ejercicio, periodo y resultado en el PDF, y conserva el justificante junto a esa versión. Cada diferencia pendiente debe tener factura, importe, causa y responsable. Una etiqueta genérica como «ajuste de caja» no permite reconstruir el siguiente trimestre.
Incidencias que cambian el historial de una factura
Un cobro puede llegar sin el número de factura, por un importe distinto o agrupado con otras operaciones. No lo asignes por proximidad de fechas. Busca remesa, comunicación del cliente o referencia contractual y conserva el criterio usado. Si una parte queda sin identificar, deja ese importe en una cuenta de revisión hasta disponer de evidencia; repartirlo entre las facturas abiertas altera bases y cuotas de varios periodos.
Los descuentos posteriores requieren distinguir qué se ha cobrado de qué se ha rectificado. La ficha debe enlazar el abono o documento corrector con la operación original y volver a calcular el saldo. No trates automáticamente la diferencia entre factura y transferencia como un pago parcial: puede responder a una retención, comisión bancaria, compensación o discrepancia comercial.
Cuando el cliente paga por adelantado varias prestaciones, identifica qué documento y qué obligación cubre el importe. Un anticipo no debe distribuirse por el orden alfabético del auxiliar. La asignación tiene que apoyarse en contrato, remesa o comunicación verificable y mantenerse estable cuando se emitan las facturas posteriores.
También puede intervenir un tercero. Si una sociedad del grupo, una aseguradora o un cesionario satisface la deuda, conserva la relación entre pagador, deudor y factura. El medio de pago anotado debe permitir seguir el movimiento real. La ausencia del nombre del cliente en el banco no convierte el cobro en inexistente, pero exige documentación adicional antes de trasladarlo al 303.
En pagos a proveedores ocurre el mismo problema al revés. Una remesa puede contener facturas ordinarias y facturas acogidas al criterio de caja. Separa ambas antes de determinar la deducción. Si una nota de crédito reduce el saldo, registra el ajuste en la ficha afectada; no compenses globalmente el proveedor porque se perdería la fecha y la proporción de cada pago.
Los movimientos de tarjeta plantean dos fechas visibles: la operación del cliente y el abono de la entidad. El expediente debe conservar el justificante que permita aplicar el criterio elegido al hecho real, junto con comisiones y devoluciones. Una liquidación neta del terminal no ofrece por sí sola el importe bruto de cada factura.
Al final del trimestre, revisa las fichas con saldo negativo, cobros superiores al precio o pagos duplicados. Esos estados suelen señalar una devolución no enlazada, una factura ausente o un reparto incorrecto. Corrige la causa antes de liquidar; no traslades el exceso a la factura siguiente sin un documento que lo justifique.
El cierre anual necesita además una lista de operaciones que alcanzarán el límite temporal. Ordena por fecha de operación, no por última actividad bancaria. Para cada saldo, indica base y cuota pendientes, cobros o pagos acumulados y periodo en el que operará el límite. Así el devengo forzoso se prepara con meses de antelación y no como un ajuste agregado de diciembre.
Después de presentar, utiliza el listado cerrado como apertura del periodo siguiente. Añade los nuevos movimientos sin sobrescribir los ya declarados y marca qué parte de cada cuota entró en cada 303. Si una rectificación obliga a cambiar el historial, conserva ambas versiones y explica el enlace entre ellas.
La ficha también debe distinguir moneda del documento y moneda utilizada para la liquidación cuando no coinciden. Conserva el importe original, la conversión aplicada y el movimiento bancario; no uses la diferencia de cambio para cerrar artificialmente el saldo fiscal. Si el banco descuenta comisiones, registra por separado el cobro bruto atribuido a la factura y el gasto financiero documentado.
Revisa periódicamente las fichas sin movimiento durante varios trimestres. Su ausencia en el banco no las elimina del control: pueden alcanzar el límite legal o contener una clasificación incorrecta. Deja fecha de la última comprobación y próxima acción, para que el cierre anual no dependa de recordar una factura antigua.
Saldos abiertos y fecha de devengo forzoso
Conserva los documentos del criterio de caja durante los plazos tributarios y mercantiles aplicables. No destruyas automáticamente el expediente al cumplirse cuatro años: una comprobación abierta, una compensación, un bien de inversión o la propia función contable del soporte puede prolongar su utilidad.
Nombra el expediente con ejercicio, periodo y referencia del criterio de caja. La ficha de cierre debe identificar quién preparó el cálculo, quién lo revisó y qué asuntos quedaron abiertos. Así una futura rectificativa puede partir del dato correcto en vez de reconstruirlo por intuición.
El control se hace por movimiento
Una factura puede cobrarse mediante varias transferencias, tarjeta o compensación. Registra fecha, importe y medio de cada movimiento, y asigna su parte de base y cuota. El saldo pendiente es el resultado del historial, no un sustituto de él.
En las compras, identifica a los proveedores acogidos y vincula cada pago con su factura. Un pago agrupado necesita reparto documentado; uno parcial no permite tratar la factura completa como satisfecha. Investiga salidas bancarias sin referencia antes de deducir.
Al cierre, lista documentos aún pendientes y su fecha límite de devengo. Esa lista detecta cuotas que deben incorporarse aunque no exista movimiento bancario. Filtrar solo el último trimestre deja fuera facturas antiguas abiertas.
Concilia la información adicional del 303 con los libros de cobros y pagos. Separa datos informativos y cuotas liquidadas. Desde cualquier movimiento debe poder llegarse a la factura y al importe declarado sin estimaciones.
Revisa los movimientos cercanos al cambio de trimestre. Una transferencia ordenada el último día, un cobro por tarjeta liquidado después o una compensación contractual pueden exigir precisar cuándo se entiende producido el cobro o pago. No decidas solo por la fecha que muestra una exportación bancaria. Conserva el justificante y el criterio aplicado a la operación. Si varias facturas comparten un movimiento, el reparto debe sumar exactamente el importe y mantener una referencia estable para futuras devoluciones o rectificaciones.
Añade un control de integridad: suma los importes asignados a facturas y compáralos con el extracto completo de cobros y pagos identificados. Las diferencias deben corresponder a movimientos ajenos al régimen o quedar pendientes de aclaración. No distribuyas un residuo entre documentos para cerrar el total; conserva su referencia hasta conocer el origen.
Cobros agrupados, devoluciones y saldos abiertos
Cuando un movimiento liquida varias facturas, reparte el importe con el detalle de la remesa o con un acuerdo verificable. La suma asignada debe coincidir con el banco. No uses una distribución automática si existen abonos, descuentos o conceptos que no corresponden a todas las facturas.
Una devolución de cobro no se resuelve borrando el movimiento inicial. Conserva ambos registros y explica qué parte de base y cuota queda de nuevo pendiente. Lo mismo ocurre con un pago revertido a un proveedor: la ficha debe mostrar la secuencia para que el siguiente periodo no duplique ni omita la deducción.
Al cierre, ordena los saldos abiertos por la fecha en que puede producirse el devengo forzoso. Revisa primero los más próximos y las facturas con pagos parciales. La información adicional del 303 debe poder reconstruirse desde esa lista sin confundirse con las cuotas que efectivamente entran en liquidación. Desde cualquier cifra debe llegarse al movimiento y a la factura que la originaron.
Comprueba además los movimientos en tránsito cerca del cierre. La fecha de orden, la de cargo y la de recepción no siempre coinciden. Conserva el justificante completo y aplica el criterio al hecho documentado, no a una columna elegida por comodidad. Si dos sistemas muestran fechas distintas, registra cuál se utilizó y por qué.
Reglas que gobiernan el calendario del régimen
El régimen especial del criterio de caja retrasa el devengo hasta el cobro total o parcial, pero fija como límite el 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se realizó la operación. Consulta la explicación oficial del régimen. Una factura abierta no puede permanecer indefinidamente fuera del IVA devengado.
En un cobro parcial, la cuota se calcula en la proporción que represente el importe cobrado respecto del precio total. El expediente debe conservar base, cuota original, cobros acumulados y parte pendiente. No asignes toda la cuota al primer movimiento ni redondees cada pago de forma que el total final se desvíe.
El destinatario de una factura acogida al criterio de caja difiere su deducción hasta el pago, con el mismo límite temporal previsto por la norma, aunque él no esté acogido al régimen. La AEAT explica los efectos para destinatarios. Por eso el libro de recibidas debe identificar a proveedores acogidos.
El régimen excluye, entre otras, operaciones acogidas a determinados regímenes especiales, exportaciones y entregas intracomunitarias exentas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones, autoconsumos y operaciones con inversión del sujeto pasivo. Consulta el artículo 163 duodecies. Clasifica antes de aplicar fechas de cobro.
Los libros deben registrar fecha, importe y medio de cada cobro o pago, además de la cuenta bancaria o medio utilizado. La AEAT detalla estas obligaciones formales. En cobros agrupados, distribuye el movimiento mediante una regla acreditada y conserva el puente hasta cada factura.
La explicación corresponde al régimen estatal y a las fuentes consultadas el 2026-07-16. No cubre por defecto territorios forales, SII, grupos de entidades ni operaciones excluidas o sometidas a reglas especiales. Comprueba siempre el formulario y el límite temporal del ejercicio que estás liquidando.
Tras presentar, no archives solo el PDF. Conserva un listado por factura con cobros o pagos acumulados, cuota ya declarada o deducida, saldo pendiente, medio de pago y fecha en que operará el límite legal. Esa lista es la entrada del periodo siguiente y permite detectar devoluciones o movimientos agrupados. Si el banco no puede reconciliarse con cada ficha, TaxFactory puede revisar el circuito de caja y el 303. La guía trimestral de IVA e IRPF aporta el calendario del cierre general.
Asigna responsable y próxima fecha de comprobación a los saldos abiertos. Así, un cobro parcial recibido después no queda aislado del historial fiscal de su factura.